El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá aclaró que todos los autónomos afectados por la situación actual de paralización de actividad por el estado de alarma podrán cobrar el paro y dejar de pagar la cuota de autónomos sin tener que darse de baja de Hacienda ni de la Seguridad Social.
Para acceder necesitan que encontrarse en alguno de estos supuestos: aquellos que hayan debido cesar su actividad o bien que hayan visto reducida su facturación en un 75% en el mes anterior al que se solicita, calculándolo tomando el promedio de facturación del semestre anterior.
Para poder solicitar las ayudas, los trabajadores deberán demostrar que estaban afiliados y en alta a la fecha de declaración del estado de alarma. sin que sea necesario tener la cobertura por cese de actividad, ni darse de baja de tu actividad. En cuanto a los que tienen trabajadores a tu cargo, deberán realizar un ERTE y, esta vez sí, solicitar el cese de actividad.
Si se acogen a las ayudas por reducción en su facturación, deberán acreditarla. Por último, independientemente del motivo por el que la soliciten, deberán estar al corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social, teniendo la posibilidad de regularizar algún impago que exista en este momento durante un periodo de 30 días.