La Audiencia de Pontevedra ha decidido exonerar a la empresa AUDASA, concesionaria de la Autopista del Atlántico, del pago de indemnizaciones por los perjuicios que ocasionó a miles de usuarios durante las obras de ampliación del puente de Rande.

La decisión de la Audiencia le da un revolcón al Juzgado de lo Mercantil de Pontevedra que había condenado a la concesionaria en febrero pasado.

El tribunal provincial  ha estimado el recurso de apelación interpuesto por Audasa, y se desestiman los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y por el resto de partes del proceso, contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº1 sobre el peaje de Rande que condenaba a la concesionaria de la AP-9 a indemnizar a los perjudicados por un total de 81 incidencias que se produjeron durante las obras, que se registraron durante los tres años que duraron los trabajos –entre febrero de 2015 y junio de 2018–.

La Audiencia de Pontevedra estima ahora que no se puede calificar la práctica denunciada como obstruccionista o desleal por parte de Audasa contra sus clientes, los conductores usuarios de la AP-9. Advierte el tribunal que en ningún acuerdo ni contrato de la Administración central con la concesionaria de la autopista se contempló una posible reducción de las tarifas de los peajes a causa de las obras. Considera el tribunal que los precios de infraestructuras como la AP-9 se obtienen de un modo global, atendiendo incluso al tiempo de explotación total, por lo que no estima cuestiones puntuales como las obras y sus consecuencias para los usuarios.

El fallo incluso apunta que las obras de ampliación tienen amparo legal y el precio de los peajes es fijado por el Ministerio de Transportes, no dependiendo por ello de la concesionaria, que si bien se entiende puede bajarlos, no está obligada a ello, sin que el hecho de no hacerlo suponga un abuso de algún tipo.