El Real Decreto que aprobó ayer el Consejo de Ministros -aunque deberá ser validado por el Congreso de los Diputados- establece que en España el uso de mascarilla será obligatorio por tiempo indefinido.

La vigencia de las normas contenidas en el decreto se mantendrá hasta que el Gobierno considere, previa consulta con las comunidades autónomas y contando con un informe del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias, que ha terminado la emergencia del covid-19 y exista «una terapia eficaz».

El uso de mascarillas seguirá siendo obligatorio en los espacios públicos como centros de trabajo, docentes, sanitarios, hoteles y establecimientos hoteleros, y allí donde no se pueda garantizar la distancia social. Será obligatoria en los medios de transporte aéreo, marítimo, autobús, o ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. El incumplimiento de este artículo será sancionado con multas de hasta 100 euros y serán las comunidades autónomas y los ayuntamientos a quienes corresponderá la vigilancia, inspección y control.

La otra obligación será la distancia social requerida para evitar los contagios en lugares públicos que ahora se fijará en metro y medio . Corresponde a las autoridades sanitarias de cada comunidad decidir si se debe limitar el aforo en los lugares públicos o modificar esa distancia en función de la situación sanitaria en cada territorio.