Desde las 7,30 de esta mañana se ha publicado en el BOE, el acuerdo del Gobierno que faculta a dejar de usar la mascarilla en interiores como norma general, decisión que llega después de 700 días de vivir y trabajar con ella..

No obstante, el texto del acuerdo publicado en el Boletín Oficial del Estado contempla una serie de excepciones  y recomendaciones que recogemos a continuación:

 

  • La mascarilla no será obligatoria en los centros escolares: no obstante, en Galicia, la Xunta mantiene la recomendación de seguir utilizándola.
  • La mascarilla no será obligatoria en el puesto de trabajo con carácter general: pero los servicios de prevención de riesgos laborales de las empresas pueden decidir que los trabajadores deban usarla por razones de salud o por problemas de ventilación
  • En eventos multitudinarios no será obligatorio el uso de mascarilla ya sea en espacios interiores o exteriores. Sin embargo, se aconseja un uso responsable.

 

Uso obligatorio en:

  • Centros, servicios y espacios sanitarios: hospitales, centros de salud, farmacias o establecimientos de extracción de sangre. En el caso de las personas ingresadas, podrán quitarse la mascarilla cuando estén en su habitación.
  • Centros sociosanitarios: en los centros de mayores, un lugar donde solo la deberán utilizar los visitantes y trabajadores. Mientras, los residentes podrán estar sin ella.
  • Medios de transporte: se deberá utilizar en todo tipo de medios de transporte, ya sean trenes, buses, aviones o taxis. Además, también será obligatorio en los barcos cuando no se puedan respetar el metro y medio de distancia. Sin embargo, en los andenes o los accesos no será obligatorio.
  • Personas vulnerables, como los mayores de 60 años, mujeres embarazadas o inmunodeprimidos.
  • En eventos multitudinarios y aglomeraciones se recomienda su uso.
  • En entornos familiares cuando haya presentes personas vulnerables.
  • Profesorado con factor de vulnerabilidad.