Un viudo gallego ha perdido la herencia que le dejó su esposa, por sentencia judicial de la Audiencia Provincial de La Coruña, que ratificó desposeerle del legado por haberse ido con otra mujer, incumpliendo lo establecido en el testamento.

La sentencia determina que el viudo incumplió al contraer segundas nupcias, según lo dispuesto por su primera esposa ante notario en 1975, casi veinte años antes de su muerte, en 1996.

En puridad, el hombre nunca incumplió la condición, pues nunca volvió a casarse. Pero sí mantuvo una relación estable con otra mujer en Palas de Rei. De hecho, según consta en los hechos probados de la sentencia, esta comenzó a finales de los años ochenta y se extendió hasta el fallecimiento de esta segunda mujer, en el 2016. Una unión de hecho que, a criterio de los magistrados, se puede equiparar al matrimonio, por lo que dan por incumplida la condición impuesta por la primera mujer a su viudo y dan la razón a la excuñada de este, que reclamaba la herencia para los hermanos de la fallecida. El hombre se queda solo con el usufructo viudal que le corresponde por ley, y se anula cualquier venta o transmisión de los bienes que pudiera haber realizado en estos años.