El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado la suspensión de la convocatoria de elecciones anticipadas. De modo que lo que prevalece en el conflicto jurídico originado, es la decision de la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso. Es decir, la disolución de la Asamblea y la convocatoria de elecciones para el 4 de mayo.

El tribunal entiende que la facultad de convocar elecciones queda «válidamente ejercitada desde el momento en que firma el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, sin perjuicio de que la eficacia de esta convocatoria electoral se despliegue una vez publicado el repetido decreto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.